Nuevo convenio del calzado: subidas salariales y menos jornada hasta 2029
30 de octubre de 2026 · Redacción abogadostop10
El BOE publicó el 28 de octubre de 2026 el nuevo convenio estatal de la industria del calzado, vigente hasta finales de 2029. Para las personas incluidas, establece incrementos salariales, una reducción gradual de la jornada anual y medidas de igualdad y protección frente al acoso.
Qué ha pasado
Según publica el BOE, la Resolución de 15 de octubre de 2026 registra y publica el convenio colectivo de la industria del calzado, con código 99000805011981. Se aplica en todo el territorio estatal a empresas de fabricación de calzado y sus industrias auxiliares, talleres de ortopedia, reparación de calzado y duplicado de llaves, además de asociaciones de I+D y centros tecnológicos sectoriales.
El convenio tiene una vigencia de cuatro años: desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2029. Sus efectos económicos comienzan el 1 de enero de 2026. Si no se denuncia, se prorrogará de año en año.
Qué cambia en la práctica
- Subidas salariales: se fija un aumento del 4 % para 2026, del 3 % para 2027, del 2,5 % para 2028 y del 2,5 % para 2029. Cada incremento se calcula sobre la tabla salarial del año anterior, según los anexos del convenio.
- Revisión ligada al IPC: si el IPC anual publicado por el INE a 31 de diciembre supera el incremento fijo de ese año, se incorpora a las tablas el exceso, con un límite adicional del 1,5 % para 2026 y del 2 % para cada año entre 2027 y 2029. La revisión que corresponda tiene efectos desde el 1 de enero del año siguiente y sirve de base para calcular el incremento de esa anualidad.
- Jornada anual más corta: pasa a 1.776 horas en 2026, 1.772 en 2027, 1.768 en 2028 y 1.764 en 2029. La reducción acumulada durante la vigencia es de 12 horas anuales.
- Vacaciones: se establecen 22 días laborables al año, retribuidos conforme al promedio obtenido por cada persona durante las trece últimas semanas trabajadas.
- Atrasos salariales: las diferencias que correspondan deben abonarse dentro de los diez días siguientes a la primera fecha habitual de pago en la empresa posterior a la publicación del convenio o de su revisión en el BOE. El texto prevé una penalización del 25 % de la cantidad adeudada si se produce demora.
- Igualdad y protección: se refuerzan las medidas de igualdad de trato, transparencia retributiva y no discriminación. También se incluyen actuaciones de respeto e inclusión de las personas LGTBI, formación para las plantillas y medidas para promover espacios seguros. El convenio incorpora un protocolo sectorial de referencia frente a la discriminación, el acoso y la violencia por motivos relacionados con la orientación o identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales o la diversidad familiar. Prevé canales de denuncia, confidencialidad, investigación, medidas cautelares y resolución.
El acuerdo también integra la solución de cuestiones pendientes del convenio anterior, incluida la controversia sobre la revisión salarial del 2 %, y permitirá retirar el conflicto colectivo promovido ante la Audiencia Nacional.
Qué hacer si te afecta
Comprueba si tu empresa y actividad están comprendidas en el ámbito del convenio y revisa tu nómina y jornada anual a la luz de las tablas y condiciones aplicables a cada año. Si tienes dudas sobre los atrasos, la revisión salarial o cómo se computan tus vacaciones, consulta el texto publicado en el BOE y plantea la cuestión a la empresa o a la representación de las personas trabajadoras.
La aplicación concreta puede depender de tu situación laboral y de los datos de tu nómina. Para valorar tu caso, consulta con un abogado especializado en derecho laboral.
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Preguntas rápidas
¿Hasta cuándo está vigente el convenio?
¿Cuántas horas anuales se trabajarán en 2029?
¿Cuántos días de vacaciones establece?
Esta noticia es informativa y no sustituye el consejo de un abogado sobre tu caso concreto.
Fuentes: Iberley: Publicado el nuevo convenio de la industria del calzado 2026-2029