Subrogación laboral: cuándo se mantiene el convenio de origen
26 de octubre de 2026 · Redacción abogadostop10
Tras una subrogación, los trabajadores pueden seguir sujetos al convenio colectivo que tenían en la empresa de origen. El Supremo ha señalado que, para sustituirlo por otro convenio, tanto la firma como la publicación de este deben ser posteriores a la transmisión.
Qué ha pasado
El Tribunal Supremo ha resuelto el conflicto de 49 trabajadores de Proa Rent a Car que pasaron a Hertz mediante una sucesión empresarial. Según informa Confilegal, la sentencia 768/2026, de 30 de septiembre, concluye que debían continuar sujetos al convenio autonómico balear de vehículos de alquiler sin conductor, cuya vigencia llegaba hasta el 31 de diciembre de 2025.
La transmisión tuvo efectos el 1 de febrero de 2024. Hertz tenía un convenio de empresa publicado en 2020, pero el texto que iba a sustituirlo se había firmado el 27 de septiembre de 2023 y se publicó en el BOE el 14 de marzo de 2024. Es decir, se publicó después de la subrogación, pero se había firmado antes.
La disputa se centró en el artículo 44.4 del Estatuto de los Trabajadores. Esta norma prevé que, salvo acuerdo en contrario alcanzado después de la sucesión entre la empresa adquirente y la representación de los trabajadores, se mantenga el convenio que se aplicaba en el momento de la transmisión. Esa continuidad dura hasta que expire el convenio de origen o entre en vigor otro convenio colectivo nuevo aplicable a la entidad transmitida.
El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares había considerado que la publicación posterior bastaba para aplicar el convenio de Hertz. El Supremo rechazó ese criterio: para que el convenio pueda considerarse nuevo a estos efectos, tanto su firma como su publicación deben ser posteriores a la transmisión. Por ello, anuló la sentencia del tribunal balear y desestimó la demanda sindical.
Qué cambia en la práctica
- La subrogación no implica por sí sola cambiar de convenio. En el caso analizado, los trabajadores conservaron el convenio que tenían en Proa cuando sus contratos pasaron a Hertz.
- La fecha de publicación no es el único dato relevante. Aunque el convenio de Hertz se publicó después de la transmisión, se había firmado antes y no cumplía el criterio fijado por el Supremo.
- La continuidad tiene un límite. Según el artículo 44.4, se mantiene hasta la expiración del convenio de origen o hasta que entre en vigor otro convenio colectivo nuevo aplicable a la entidad transmitida.
- Puede existir un acuerdo posterior. La regla de continuidad se aplica salvo que la empresa adquirente y la representación de los trabajadores acuerden otra cosa después de la sucesión.
- El fallo se refiere a un caso concreto. La resolución trata de los 49 trabajadores de Proa subrogados por Hertz y de las fechas de firma y publicación de los convenios implicados.
Qué hacer si te afecta
Si te han comunicado una subrogación o un cambio de convenio, reúne la comunicación recibida y la información disponible sobre el convenio que se aplicaba en tu empresa y el que pretende aplicar la nueva. Comprueba, en particular, las fechas de transmisión, firma y publicación, porque fueron determinantes en el caso resuelto por el Supremo.
También puedes consultar con la representación legal de los trabajadores si existe un acuerdo posterior a la sucesión sobre el convenio. La sentencia no permite determinar por sí sola qué convenio corresponde en cualquier otra situación: dependerá de los datos del caso. Para valorar tu situación concreta, consulta con un abogado especializado en derecho laboral.
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Preguntas rápidas
¿La publicación posterior del convenio basta para sustituir al de origen?
¿Qué convenio se mantuvo para los trabajadores de Proa?
¿Hasta cuándo se mantiene el convenio de origen?
Esta noticia es informativa y no sustituye el consejo de un abogado sobre tu caso concreto.