Noticias legales

Oposiciones: no pueden penalizarte con criterios no publicados

28 de octubre de 2026 · Redacción abogadostop10

Oposiciones: no pueden penalizarte con criterios no publicados

Una sentencia de Madrid ha anulado la resolución que excluyó a un aspirante a profesor tras aplicarle una penalización basada en criterios de corrección que no se habían publicado. La Administración deberá revisar su puntuación utilizando exclusivamente las reglas que sí estuvieron disponibles para los opositores.

Qué ha pasado

Según informa Confilegal, la Sentencia nº 397/2026, de 8 de octubre, estimó parcialmente el recurso de un aspirante que participó en un proceso selectivo convocado en febrero de 2022 para acceder a distintos cuerpos docentes de la Comunidad de Madrid. El opositor, de la especialidad de Procesos Sanitarios, quedó fuera tras no alcanzar la nota mínima para continuar.

El aspirante pidió que se revisara la calificación de su ejercicio escrito, pero el tribunal calificador no respondió a esa solicitud. Después recurrió en alzada y, tras la desestimación de su recurso, acudió a la jurisdicción contencioso-administrativa.

En el procedimiento se detectó una diferencia entre los criterios publicados en el portal de la Comunidad de Madrid y los incorporados al expediente administrativo: los primeros tenían 17 páginas y los segundos, 19. El documento más extenso incluía un cuadro de penalizaciones que no aparecía en la versión publicada. La Administración había aplicado al ejercicio una penalización de 1,45 puntos, que redujo la nota de 7,726 a 6,276.

La sentencia anuló la resolución impugnada y ordenó revisar la puntuación con los criterios de evaluación y corrección efectivamente publicados. Consideró que no era admisible perjudicar al aspirante mediante una penalización que no figuraba en ellos.

Qué cambia en la práctica

  • La revisión debe hacerse con las reglas que se comunicaron oficialmente a los aspirantes, no con un documento distinto que incorpore penalizaciones no publicadas.
  • En este caso, la Administración tendrá que volver a valorar el ejercicio del recurrente aplicando exclusivamente los criterios publicados.
  • La sentencia también recuerda que el margen técnico de los tribunales calificadores no es ilimitado. Aunque pueden valorar los conocimientos y capacidades de los aspirantes, la resolución examinó la diferencia entre las reglas anunciadas y las que se utilizaron para corregir.
  • El fallo no sustituye sin más la valoración técnica del tribunal por la de los jueces: el problema concreto fue la aplicación de una penalización que no constaba en los criterios publicados.

Qué hacer si te afecta

Si sospechas que tu nota se calculó con reglas distintas de las anunciadas, conserva la convocatoria y la versión de los criterios que se publicó para los aspirantes. Compara ese material con la información de la corrección y con la documentación que conste en el expediente, si puedes acceder a ella. Anota qué penalización se aplicó y en qué aspecto difiere de lo publicado.

La persona afectada puede plantear la discrepancia en las vías de revisión o recurso disponibles en su proceso. En el caso descrito por Confilegal, el aspirante pidió la revisión de la calificación, presentó un recurso de alzada y después acudió a la vía contencioso-administrativa. Los pasos y plazos concretos dependen de cada procedimiento: consulta cuanto antes con un abogado especializado en derecho administrativo para valorar tu situación.

La noticia en vídeo

Los abogados administrativos que salen primero en Google

Medición propia de abogadostop10 en 4 ciudades. Salir arriba no significa ser mejor abogado: significa ser más fácil de encontrar.

CiudadLos que salen más arriba en GoogleAparecen
MadridAbogado derecho administrativo y contencioso · Díez & Romeo · Juan R Méndez13 de 50
BarcelonaAbogado derecho administrativo y contencioso · Brugueras & García-Bragado · Despatx d’advocats a Barcelona17 de 45
ValenciaAbogado derecho administrativo y contencioso · Footer logo · Ricardo de Vicente ABOGADOS SL20 de 39
MálagaAbogado derecho administrativo y contencioso · Abogados Laboralistas en Málaga · Empieza a resolver tu problema aquí14 de 38
Cuéntanos tu caso y te ponemos en contacto con abogados administrativos

Preguntas rápidas

¿Qué documento prevaleció en este caso?
La sentencia ordenó revisar la nota con los criterios de evaluación y corrección que se habían publicado para los aspirantes.
¿Qué penalización se había aplicado?
Una reducción de 1,45 puntos basada en un cuadro que figuraba en el documento del expediente, pero no en la versión publicada.
¿La sentencia fijó directamente una nueva nota?
No. Ordenó a la Administración revisar la puntuación utilizando exclusivamente los criterios publicados.

Esta noticia es informativa y no sustituye el consejo de un abogado sobre tu caso concreto.

Fuentes: Confilegal: Los tribunales frenan a la Administración: no pueden penalizar a un opositor por criterios no publicados

Más noticias legales

Todas las noticias ›